Transparencia – Archidiócesis de Madrid

Conoce cómo se financia la Iglesia católica

logo_castellano_300ppp.jpgLa misión de la Iglesia es evangelizar y llevar a todos el misterio de la Salvación, pero a veces se nos olvida que para llevar adelante toda esta tarea evangelizadora son necesarios recursos económicos. Necesitamos templos, salones parroquiales, sacerdotes a los que hay que sostener incluso tras su jubilación, un seminario, atención religiosa en cárceles, hospitales, Cáritas, etc.

La Iglesia no tiene ninguna asignación en los presupuestos generales del Estado desde el año 2007. Otras confesiones religiosas sí tienen asignación directa por parte del Estado a través de la Fundación Pluralismo y Convivencia.

Desde el 2007, en virtud del acuerdo firmado entre el Estado Español y la Santa Sede, la Iglesia recibe solo el 0,7 % de aquellos que voluntariamente marcan la casilla de la Iglesia en su Declaración de la Renta.

El dinero que se recibe por esta vía depende con toda claridad de la coyuntura económica: si la economía va bien, el 0,7 % de los impuestos de la persona que marca la casilla es mayor. Si esa persona tiene que declarar menos porque la economía no va tan bien, el 0,7 % de sus impuestos es menor. En estos años de crisis, aun habiendo aumentado el número de X a favor de la Iglesia, ha disminuido el dinero recibido.

Con el dinero recibido por la vía de la X en la Declaración de la Renta, a nivel nacional, la Iglesia cubre tan solo el 25 % de sus gastos. El resto de los gastos que hay que afrontar, el 75 %, salen de los donativos y las colectas. Por ello es necesario que nos preocupemos por la marcha económica de nuestra parroquia y seamos conscientes de la necesidad de que todos colaboremos con un donativo puntual o periódico según nuestras posibilidades.

El dinero que recibe la Conferencia Episcopal procedente de la X en la casilla de la renta, lo reparte solidariamente entre la 69 diócesis españolas. Las diócesis que tienen menos recursos, reciben más dinero.

En torno al 65 % del dinero de Cáritas procede de un modo u otro de la Iglesia. Con Cáritas ofrecemos proyectos concretos reconocidos por el Estado y que contribuyen al bien de la sociedad. De la labor de Cáritas se benefician más de 5.000.000 personas. Gran parte de la actividad de Cáritas se desarrolla desde las parroquias.

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Historia de financiación de la Iglesia

La historia de la financiación de la Iglesia va unida desde el principio a su libertad frente al Estado. De este modo, cuando más libre ha sido para financiarse, mejor se ha entendido su separación del Estado. Antes del Edicto de Milán (313), a la Iglesia se le confiscaban los bienes en el Imperio Romano. A partir de esta ley, puede tener bienes y algunos de los confiscados se le devuelven. 

Desde ese momento, la Iglesia fue aumentando su patrimonio gracias a las aportaciones de los fieles y a diversas tasas con ocasión de la administración de los sacramentos. Además, se fueron estableciendo algunos impuestos como el diezmo. 

En el fuero interno de la Iglesia, en el s. IV las normas de los concilios tienden a prohibir la venta de los bienes eclesiásticos, a no ser mediante el cumplimiento de ciertos requisitos. La legislación visigoda (código de Eurico) y los concilios españoles (II y IV de Toledo) sancionan dichas limitaciones, a las que se venía otorgando eficacia civil. 

En la Edad Media se mantiene vigente la prohibición de enajenar los bienes eclesiásticos. Prohibición que se plasma en las partidas de Alfonso X el Sabio, así como en el Fuero real (siglos XIV y XV) y en las Ordenanzas de Castilla. 

El patrimonio alcanzado por la Iglesia se destina a su labor espiritual, social y cultural. 

Como resultado de todo este proceso, la propiedad aparece “amortizada”, es decir sustraída de la libre circulación: su venta estaba prohibida o restringida. Como reacción a esta situación, durante el siglo XIX la propiedad eclesiástica sufre un proceso de “desamortización”, que abarca dos fases fundamentales: 

 

  1. La incautación por parte del Estado de los bienes eclesiásticos que se convierten en bienes nacionales. 
  2. La enajenación de estos bienes que generalmente se realizó mediante venta a particulares en subasta pública, en ocasiones a precios irrisorios y con gran pérdida de un patrimonio que antes podía disfrutar toda la sociedad.

 

El auge de la “desamortización” fue la llamada “Desamortización de Mendizábal”. Se suprimieron conventos, incautando sus bienes. Además, se acabó con el diezmo y las primicias. Como resultado, la Iglesia perdió libertad e independencia, ya no tenía autonomía económica y dependía del Estado.

Como el catolicismo era la religión oficial del Estado, los gobernantes estaban obligados a mantener el culto y el clero. De este modo, se introdujo una dotación a la Iglesia en la Constitución de 1837: «La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica que profesan los españoles» (artículo 11). Después, con el Concordato de 1851 entre la Iglesia y España, se consolida el sentido de la compensación, con la renuncia de la Iglesia a la devolución de los bienes vendidos a cambio de una dotación fija, segura e independiente que el Estado garantiza. 

Más tarde, en el bienio progresista (1854-1856), el Estado siguió reconociendo la parte debida por la desamortización, pero encontró el procedimiento para quedarse con los bienes sin necesidad de tener que compensar a la Iglesia (Ley de 1 de mayo de 1855). 

Con la II República se hace tabla rasa del Concordato de 1851. Por la Constitución de 1931 se pasa a una nueva desamortización: por una parte, quedan disueltas las Órdenes religiosas que estatutariamente imponían un voto especial de obediencia a autoridad distinta de la legítima del Estado (por ejemplo, Jesuitas) y sus bienes son nacionalizados y, por la otra, se preveía la supresión completa de la dotación de culto y clero en el plazo de dos años. 

Al finalizar la guerra civil, el gobierno del general Franco restablece la dotación y recoge en los presupuestos de 1940 una partida como capítulo de «obligaciones eclesiásticas». 

En 1953 se firma un nuevo Concordato: «Se asignará anualmente una adecuada dotación», recogiéndose de manera expresa el «título de indemnización por las pasadas desamortizaciones de bienes eclesiásticos”, si bien se le añade un segundo fundamento, el de «contribución a la obra de la Iglesia a favor de la Nación». 

En 1957 se subió el sueldo al clero, que se equiparó al de los maestros, acompasándolo con la subida de sueldo de los funcionarios del Estado y con el sueldo base mínimo del trabajador. Después, se estableció una dotación global y única que se entregaba a la Conferencia Episcopal. 

En 1978 se aprueba una nueva Constitución y comienza el proceso de autofinanciación de la Iglesia. Ahora «el Estado se compromete a colaborar con la Iglesia católica en la consecución de su adecuado sostenimiento económico, con respeto absoluto del principio de libertad religiosa». Se trata del Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, por el cual el Estado aporta una cantidad única. En él también se da un primer paso hacia un sistema de Asignación Tributaria, con el que serán los propios contribuyentes quienes puedan decidir si destinan sus ingresos a la financiación de la Iglesia católica en España. Se fija un plazo de tres años para la implantación de este sistema. Con este acuerdo, el Concordato de 1953 queda superado.

En 1988 se hace el primer ejercicio con el nuevo sistema de Asignación Tributaria. En esos momentos, los ciudadanos deciden sobre poco más del 0,5239 % de sus impuestos, permitiendo que marquen una casilla para destinar el dinero a la Iglesia u otra dedicada a «fines de interés social». Se establece también que la Iglesia tenga un complemento anual con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, y que se siga trabajando para la sustitución progresiva de la aportación económica del Estado. Se fija un nuevo plazo transitorio de tres años. 

En el año 2000 se perfila la opción de compatibilizar la elección de diferentes casillas. De este modo, si el contribuyente decidía marcar dos casillas no se veía reducida la cantidad destinada a cada una de ellas. 

En 2002 se aprueba la Ley de Mecenazgo, por la que, a efectos fiscales, la Iglesia queda equiparada al resto de entidades del sector no lucrativo: fundaciones, ONG, otras confesiones religiosas, etc. Los pasos decisivos en la autofinanciación de la Iglesia se van a dar entre 2006 y 2008, período en el que se pone en marcha la revisión del nuevo sistema de Asignación Tributaria. 

En 2006 el Gobierno y la Iglesia acuerdan un nuevo modelo de financiación que elimina definitivamente la dotación directa del Estado, eliminando además la exención del IVA. De este modo, la Iglesia recibirá solo el porcentaje que los contribuyentes decidan al marcar la casilla de la Iglesia, que pasa del 0,5239 % al 0,7 %. 

El nuevo modelo de financiación entra en vigor en 2007, aunque no pueden verificarse sus resultados hasta la Campaña de la Renta de 2008. Este es el modelo vigente en la actualidad, sin dotación directa del Estado, y dependiendo exclusivamente del deseo de los ciudadanos. 

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