Donativos a través de donoamiiglesia.es
La Conferencia Episcopal Española ha puesto en marcha este portal que permite, con un sencillo procedimiento, hacer llegar los donativos a cada una de las 23.000 parroquias que existen en España, a las diócesis o bien directamente a la Conferencia Episcopal. Con este nuevo cauce se pretende facilitar la posibilidad de donar a la Iglesia a través de las tecnologías y de los nuevos dispositivos de comunicación.
Donativos a través de transferencia bancaria al Arzobispado
Si lo desea también puede donar a través de transferencia bancaria a nuestra cuenta:
ES44 0075 7007 8506 0340 7058
Si elige esta opción y desea un certificado para poder deducirse en la Declaración de la Renta la parte correspondiente de su donativo, es necesario que nos aporte los siguientes datos, bien llamando al teléfono 911714217 o en el mail donativos@archidiocesis.madrid.
- NOMBRE COMPLETO
- NIF
- CUANTIA DEL DONATIVO
- FECHA DE LA TRANSFERENCIA
- DOMICILIO COMPLETO
- TELÉFONO DE CONTACTO
Mediante Bizum al Arzobispado
Si lo desea también puede donar a través de Bizum con el número 01208
Si elige esta opción y desea un certificado para poder deducirse en la Declaración de la Renta la parte correspondiente de su donativo, es necesario que nos aporte los siguientes datos, bien llamando al teléfono 911714217 o en el mail donativos@archidiocesis.madrid.
- NOMBRE COMPLETO
- NIF
- CUANTIA DEL DONATIVO
- FECHA DE LA TRANSFERENCIA
- DOMICILIO COMPLETO
- TELÉFONO DE CONTACTO
Desgravaciones fiscales de los donativos a la Iglesia
En virtud del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la ley 49/2002 de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales de mecenazgo, los donativos a la Iglesia Católica gozan de las siguientes desgravaciones:
Desgravaciones fiscales por donativos a la Iglesia en el IRPF
(*) El 40% del resto asciende al 45% si el donante lleva tres años donando a la misma entidad, cada año igual cantidad o más que el año anterior.
Las desgravaciones se aplican a todas las donaciones que realice la persona física hasta un límite del 10% de su base liquidable.
Desgravaciones fiscales por donativos a la Iglesia en el IMPUESTO DE SOCIEDADES
(*) El 40% del resto asciende al 50% si el donante lleva tres años donando a la misma entidad, cada año igual cantidad o más que el año anterior.
Las desgravaciones se aplican a todas las donaciones que realice la persona jurídica hasta un límite del 15% de la base imponible.